Responsabilidades Familiares
Licencia por paternidad
La ley de licencia de paternidad ha sido enmendada por la Ley Nº 30807 de 2018 que eleva la licencia de paternidad de 4 días a 10 días calendario consecutivos.
Las siguientes disposiciones también se encuentran en la ley:
a) 20 días consecutivos por calendario para nacimientos prematuros y múltiples;
b) 30 días consecutivos por calendario para nacimientos con enfermedad congénita terminal o discapacidad grave;
c) 30 días onsecutivos por calendario debido a complicaciones graves en la salud de la madre
El permiso de paternidad puede comenzar desde la fecha de nacimiento del niño, desde la fecha del alta de la madre y / o el niño desde el hospital, y desde el tercer día anterior a la fecha probable del parto. Un trabajador que desea tomar licencia de paternidad debe informar al empleador al menos 15 días antes de la fecha probable de entrega.
Antes de esta reforma, la ley establecía un permiso de paternidad de 4 días para el nacimiento de un niño. El beneficio de licencia por paternidad se paga en cualquier día entre los días de hospitalización y el día en que la madre y / o el niño son dados de alta del centro médico.
Fuente: Art.02 de la Ley N ° 29409 de 2009 modificada por la Ley N ° 30807 de 2018
Permiso parental
No hay ninguna disposición en la ley sobre el permiso parental remunerado o no remunerado.
Opción de trabajo flexible para los trabajadores con hijos / Equilibrio entre la vida y el trabajo
En marzo de 2025, la Comisión de Trabajo aprobó un dictamen que modifica la Ley 31572 (Ley del Teletrabajo). Madres y padres pueden solicitar hasta 20 días de teletrabajo inmediato tras concluir la licencia por maternidad o paternidad.
Fuente: Ley del Teletrabajo - LEY - N° 31572
Licencias por motivos especiales
Permiso por matrimonio. Art. 19 del Decreto Legislativo N.º 713 (Ley de Jornada de Trabajo y Descansos).
- Duración: 3 días hábiles consecutivos con goce de remuneración.
Permiso por fallecimiento (duelo). Art. 19 del Decreto Legislativo N.º 713.
- Duración: 3 días hábiles con remuneración.
- Aplicable a familiares directos: cónyuge, hijos, padres o hermanos.
Permiso por estudios o exámenes. Art. 19 del Decreto Legislativo N.º 713 y prácticas habituales de convenios colectivos.
- Los trabajadores tienen derecho a permisos para:
- Rendir exámenes en instituciones educativas reconocidas oficialmente.
- Participar en programas de capacitación profesional cuando haya acuerdo con el empleador.
- Duración: depende de la necesidad; generalmente previa coordinación con el empleador.
Permiso por citación judicial o administrativa. Art. 19 del Decreto Legislativo N.º 713.
- Cuando el trabajador es citado como:
- Testigo, perito o parte en procesos judiciales.
- Comparecencia ante autoridades administrativas.
- Duración: el tiempo necesario para la diligencia se considera con goce de remuneración.
Permisos sindicales. Art. 27 de la Ley de Negociación Colectiva y Estatutos Sindicales.
Los dirigentes sindicales o representantes tienen derecho a:
- Participar en actividades gremiales, asambleas o congresos sindicales.
- Coordinar con el empleador los tiempos de licencia sindical.
Otros permisos posibles
- Permisos por compasión, cuidados familiares o trámites personales pueden otorgarse si:
- Están contemplados en convenios colectivos.
- Son acordados individualmente con el empleador.
- Estos permisos suelen ser no remunerados, salvo acuerdo en contrario.
Regulaciones sobre los trabajadores con responsabilidades familiares
- Ley Nº 29409: Ley que concede el derecho de licencia por paternidad a lostrabajadores de la actividad pública y privada, 2009 / Act No. 29409 of 20 September 2009 to grant the right to paternity leave to employees of public and private sector