Ley de lactancia materna en Perú. Hora de lactancia en el Perú.
Ley de lactancia materna en Perú. Hora de lactancia en el Perú.
Las trabajadoras tienen derecho al pago total de sus interrupciones para la lactancia materna de una duración de una hora diariamente, para que las nuevas madres puedan amamantar a su(s) hijo(s) hasta que el/los niño(s) tenga(n) doce (12) meses de edad. Las interrupciones de lactancia materna / de enfermería se agregan a los descansos normales que una empleada recibe durante el día de trabajo.
La Ley N.° 27240 otorga a las madres trabajadoras el derecho, después del período de licencia posnatal, a una hora de descanso remunerado para la lactancia hasta que el niño cumpla un año. Esta hora puede dividirse en dos partes iguales y debe disfrutarse durante la jornada laboral. Este descanso se considera tiempo efectivamente trabajado (por lo que debe ser remunerado), y las normas y modificaciones posteriores protegen su duración y remuneración (incluido el tiempo extra por partos múltiples); la ley también impide la sustitución de este derecho por una prestación menor.
Fuente: §1 de la Ley Nº 27140 sobre la concesión de permiso para que las mujeres puedan amamantar a sus hijos; Ley Nº 27591 Ley que equipara la duración del permiso por lactancia de la madre trabajadora del régimen privado con el público