Trabajadores de aplicación en Colombia, expectantes por la reglamentación de la reforma laboral
La aprobación de la ley 2466 en junio de 2025 no fue el último paso para los cambios en el sector; en diálogo con WageIndicator, el presidente del sindicato nacional de trabajadores de plataformas adelantó que presentaron un pliego con reclamos y se abrió un nuevo compás de espera
29 de mayo de 2026
La ley 2466 sobre trabajo en plataformas digitales en Colombia, aprobada en junio de 2025, continúa sin reglamentación y mantiene abiertas fuertes diferencias entre sindicatos y empresas del sector.
En estos meses transcurridos se ha reunido una mesa técnica de la que participaron todas las plataformas, las organizaciones sindicales, el Ministerio del Trabajo, el Ministerio de las TIC y el Ministerio de Salud. Si bien están de acuerdo en reglamentar la mayoría de los artículos, las plataformas mantienen su negativa respecto de puntos clave como la definición de dependiente y subordinado.
En diálogo con WageIndicator, Jhonniell Colina, presidente de la Unión de Trabajadores de Plataformas (UNIDAPP), indicó que para las plataformas no es necesario reglamentar esa diferencia, en disonancia con los sindicatos.
“Nosotros debemos saber cuál es la frontera. Algunos señalan que se podría leer la relación laboral en la conexión y desconexión de la aplicación de cada trabajador: mientras el trabajador está conectado con su móvil está en horario de trabajo y esto vendría a ser como su horario, su jornada; y cuando está desconectado, quedaría fuera de la relación de dependencia”.

Un avance en los derechos de repartidores
En febrero último la Unión de Trabajadores de Plataformas Digitales logró un acuerdo con Rappi, la empresa que tiene el monopolio de ese sector en Colombia.
La Corte solicitó a Rappi que «se abstenga de incurrir en prácticas lesivas de los derechos de petición y debido proceso de los repartidores independientes de la aplicación Soy Rappi» , tras el pedido de amparo solicitado por uno de los repartidores, después de que fue bloqueado su usuario y se le restringiera el acceso a los servicios de la plataforma tecnológica.
El acuerdo incluye:
- una tarifa mínima garantizada de 3.050 pesos por pedido
- un pago de 640 pesos por kilómetro adicional recorrido en moto
- y, especialmente, el compromiso de avanzar en cobertura de seguridad para unos 120.000 repartidores
A su vez, el sindicato se comprometió a colaborar con la empresa en la prevención de fraudes y el fortalecimiento del funcionamiento de la plataforma.
La protección de la salud, el punto más crítico
El artículo 27° de la ley 2466 habla de la seguridad social y riesgos laborales en plataformas digitales de reparto. “En relación con los trabajadores y trabajadoras independientes y autónomos, y sin que ello desnaturalice tal condición, la empresa de plataforma digital de reparto concurrirá en el pago de aportes a salud y pensión en 60%, frente a un 40% a cargo de la persona trabajadora. Se garantizará el cubrimiento en materia de riesgos laborales a cargo exclusivo de la empresa.”
Pero, hasta tanto se reglamente dicha ley, la realidad es otra.
En el caso de los choferes de aplicación, la póliza -el seguro de salud- se activa cuando ya el seguro del vehículo llega al límite, explica Colina. “De 100 trabajadores, sólo 1 puede ser que la tenga, o que logre tenerla. Y la única manera que te respondan como tal es en caso de muerte. “
Vale decir, que todo tipo de cesantías vinculadas a la salud corren por cuenta del trabajador, el dinero que no gana esos días por no poder trabajar es dinero que no recupera.
“Nosotros tenemos una póliza que brinda, dependiendo de la categoría, una cita médica telefónica al mes. No hay ningún otro tipo de beneficio o de derechos como licencia por paternidad, maternidad.
Trabajar más, ganar menos
Como sucede en varios países de Latinoamérica, el trabajo en aplicaciones ha sufrido cambios. El incremento de personas que trabajan en plataformas -porque se quedaron sin empleo registrado o porque necesitan un segundo ingreso- cambió el mercado. A más cantidad de repartidores o choferes en la calle, menos trabajo, tarifas más bajas.
“Según nuestros números, el 90% se conecta 14 horas al día, porque para la mayoría esta es su única fuente de ingreso. En Colombia se trabaja 7 por 7”, señala Colina.
En 2026 el salario mínimo fue fijado en $2.000.000, “Un repartidor promedio puede estar ganando cerca de $3.000.000, pero debe descontar los gastos, unos $1.300.000. A saber: mantenimiento de la moto, plan de datos, impermeables, maletas, teléfono celular, batería portátil. Finalmente, se quedaría con unos $1.700.000”.
Y ese repartidor que trabaja unas 14 horas diarias llega a diciembre, no tiene prima, no tiene vacaciones. Sólo cuenta con una póliza de seguridad que funciona dependiendo de su categoría.
Un escenario abierto y condicionado por la política
La situación del trabajo en plataformas en Colombia se encuentra en un compás de espera. La reglamentación de la ley 2466 será clave para definir el alcance de los derechos laborales en el sector.
En este contexto, el resultado de las elecciones presidenciales previstas para finales de mayo podría influir de manera decisiva en el rumbo de la regulación y en las condiciones futuras de repartidores y conductores.
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