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Código convenio número 01100192012012.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>ANTECEDENTES\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>El día 30 de septiembre de 2019 se ha presentado en esta Delegación el\ntexto del convenio colectivo citado, suscrito por la representación\nempresarial y la representación social en la mesa negociadora, el día 17 de\njulio de 2018.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>FUNDAMENTOS DE DERECHO\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Primero. La competencia prevista en el artículo 90.2 de la Ley del Estatuto\nde los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2\u002F2015, de 23 de octubre (BOE de\n24 de octubre de 2015) corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con\nel artículo 15.1.h del Decreto 84\u002F2017, de 11 de abril (BOPV de 21 de abril de\n2017) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del\nDepartamento de Trabajo y Justicia, en relación con el Decreto 9\u002F2011, de 25\nde enero (BOPV de 15 de febrero de 2011) y con el Real Decreto 713\u002F2010 de 28\nde mayo (BOE de 12 de junio de 2010) sobre registro de convenios colectivos.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Segundo. El convenio colectivo ha sido suscrito de conformidad con los\nrequisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del\nEstatuto de los Trabajadores.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>En su virtud,\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>RESUELVO\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Primero. Ordenar su registro y depósito en la Oficina Territorial de Álava\ndel Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo del País Vasco, con\nnotificación a las partes.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Segundo. Disponer su publicación en el BOTHA.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Vitoria-Gasteiz, 8 de octubre de 2019\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>La Delegada Territorial de Álava\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>CARMEN DE CELIS CUEVAS\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-cbadate_start\">\u003Ch3>1° - Ámbito temporal\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-cbadate_end\">\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-cbadate_start_date\">\u003Cp>El presente convenio tendrá una vigencia de cuatro años, entrando en vigor\na todos los efectos al día 1 de enero del 2018; finalizando su vigencia el 31\nde diciembre de 2021, se aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de\nenero de 2018, independientemente de la firma del mismo.\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\u003C\u002Fdiv>\u003C\u002Fdiv>\u003Cp>\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>El convenio quedara automáticamente denunciado por las partes que forman la\ncomisión negociadora del mismo, el 30 de septiembre del año 2021, debiendo\nconstituirse la nueva mesa negociadora, con objeto de iniciar las negociaciones\npara el convenio siguiente, en el plazo de 3 meses. una vez denunciado y\nconcluida la duración pactada, se mantendrá la vigencia del convenio hasta la\nsuscripción por ambas partes de otro que lo sustituya.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>2° - Relacion normativa\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>Las normas de este convenio se aplicarán con carácter prioritario y\npreferente respecto a cualquier otra norma o disposición legal. En lo no\nprevisto o que mejore las condiciones de los trabajadores y trabajadoras,\nserán de aplicación, el Estatuto de losTrabajadores y cualquier otra norma de\nrango superior.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>\u003C\u002Fh3>\u003Ch3>3° - Jornada laboral\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-hourspyear_select\">\u003Cp>La jornada laboral anual para los cuatro años será 1.656 horas.\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\n\n\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-hourspday\">\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-hourspday_select\">\u003Cp>La jornada diaria nunca podrá ser inferior a 7 horas y 40 minutos.\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\u003C\u002Fdiv>\n\n\u003Cp>El calendario laboral se elaborará entre la Dirección de la empresa y los\nrepresentantes de los trabajadores y trabajadoras durante el mes de diciembre.\nCualquier modificación del mismo deberá ser previamente aprobada por la\nrepresentación de los trabajadores.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Las horas pactadas se trabajarán a lo largo del año mediante una\ndistribución regular, sin que haya lugar a distribuciones irregulares de\njornada.\u003C\u002Fp>\u003Cp>\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>\u003C\u002Fh3>\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-PAIDLEAV_trigger\">\u003Ch3>4° - Vacaciones\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-holidaysdays\">\u003Cp>La modificación de las fechas de vacaciones tendrá que ser realizada con\nel consentimiento del trabajador afectado. Los gastos ocasionados por\nmodificación en las fechas previstas de vacaciones y no comunicadas al\ntrabajador con 30 días de antelación, serán abonados por la empresa, previa\njustificación de los mismos. El periodo de vacaciones será de 30 días\nnaturales.\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\n\n\u003Cp>En el mes de agosto se trabajará un turno, con horario de mañana.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>El día de la fiesta será el día de \"San Juan\"\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\n\n\u003Ch3>5° - Licencias y permisos\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>El trabajador\u002Fa, avisando con suficiente antelación, tendrá derecho a\npermisos retribuidos, por las siguientes causas:\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>\u003C\u002Fp>\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-deathrelatives\">\u003Cp>1- Fallecimiento de padres-madres, madres-padres políticos, abuelos\u002Fas,\nhijos\u002Fas, nietos\u002F as, hermanos\u002Fas: tres días naturales. Fallecimiento del\ncónyuge: cinco días naturales, pudiendo solicitar otros tres más de permiso\nno retribuido.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>2- Fallecimiento de hermanas\u002Fos políticos e hijas\u002Fos políticos: dos días\nnaturales.\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\u003Cp>\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>\u003C\u002Fp>\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-childcare\">3- Enfermedad grave, intervención quirúrgica u hospitalización\ndebidamente justificada, de parientes hasta 2° grado de consanguinidad o\nafinidad: dos días naturales. A estos efectos se entenderá por enfermedad\ngrave aquella que sea calificada como tal por el facultativo correspondiente,\nbien en la certificación inicial o posteriormente a requerimiento de las\npartes, así como cualquier intervención quirúrgica que precise reposo\ndomiciliario. En defecto de esta certificación se presentará la que a estos\nefectos expidan los servicios médicos. Esta certificación no será exigible\ncuando el enfermo sea familiar directo del trabajador, conviva habitualmente\ncon el, sea intervenido quirúrgicamente y necesite hospitalización. Cuando la\nenfermedad grave persistiera, el trabajador tendrá derecho a una segunda\nlicencia no retribuida por igual tiempo, pasados treinta días consecutivos\ndesde la finalización de la primera sin que en este caso sea de aplicación la\nampliación del permiso.\u003C\u002Fdiv>\u003Cp>\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>4- Aquellos trabajadores y trabajadoras que tuvieran hijos\u002Fas disminuidos\npsico-física- mente: dos días naturales para asistir a consultas médicas\npara dichos hijos siempre y cuando ello implique desplazamiento fuera de la\nprovincia.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-paidpaternityleaveduration\">\u003Cp>\u003C\u002Fp>\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-paidpaternityleave\">5- Alumbramiento de la esposa: dos días laborales. En caso de precisar\nintervención quirúrgica, se ampliará el plazo a tres días naturales más\nsobre dicho plazo.\u003C\u002Fdiv>\u003Cp>\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\n\n\u003Cp>6- Matrimonio de padre-madres, hijos\u002Fas y hermanos\u002Fas: un día natural.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>7- Matrimonio del trabajador\u002Fa: diecisiete días naturales. Siempre que las\ncircunstancias productivas y organizativas lo permitan este permiso podrá\nampliarse hasta diez días más que no serán retribuidos. En caso de que este\npermiso adicional fuera denegado por la empresa, esta deberá informar al\ncomité o delegado de personal sobre las causas en las que ampara su\nnegativa.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>8- Traslado de domicilio: un día natural.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>En los casos de los apartados 1, 2, 3,5 y 6 del presente artículo, los\nplazos anteriormente consignados podrán ampliarse hasta un máximo de dos\ndías más sobre dichos plazos cuando el trabajador tuviera que realizar\ndesplazamientos fuera de la provincia del lugar del centro de trabajo\n(Álava).\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>9- Consultas médicas: el tiempo necesario para los casos de asistencia a\nconsulta médica de especialistas de Osakidetza-servicio vasco de salud, cuando\ncoincidiendo el horario de consulta con el trabajo se prescriba dicha consulta\npor el facultativo de medicina general debiendo presentar previamente el\ntrabajador al empresario el parte justificativo de la referida prescripción\nmédica. En los demás casos hasta el límite de dieciséis horas al año. En\neste límite de 16 horas estarán incluidos los acompañamientos a personas\ndependientes (cónyuges, padres-madres e hijos\u002Fas).\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Los permisos contemplados en los apartados 3 y 5 del presente artículo\npodrán distribuirse, por voluntad del trabajador\u002Fa, en medias jornadas siempre\ny cuando con ello no se ocasionarán perjuicios en la organización productiva\nde la empresa. Esta facultad no tendrá lugar cuando el permiso fuere ampliable\npor motivo de desplazamiento fuera de la provincia del centro de trabajo\n(Álava).\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Los permisos y licencias regulados en este artículo deberán disfrutarse en\nel momento en que ocurra el hecho causante. En el supuesto a que se refiere el\napartado 3 el permiso deberá disfrutarse mientras persista la enfermedad grave\ny sin perjuicio de lo establecido en el último párrafo anterior.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-healthinsurance\">\u003Ch3>6° - Mutuas\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>Las altas y bajas por enfermedad común o accidente no laboral, serán\nfacultad del médico de la seguridad social. La cobertura del control sanitario\npor tales contingencias nunca podrá ser efectuada por personal ajeno al\nServicio Vasco de Salud. Las mutuas no podrán hacer ningún tipo de\nseguimiento.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>En caso de reiteradas quejas por parte de los trabajadores y trabajadoras,\nse podrá exigir un cambio de mutua de accidentes.\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\n\n\u003Ch3>\u003C\u002Fh3>\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-disabilityfund\">\u003Ch3>\u003C\u002Fh3>\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-sicknesspay\">\u003Ch3>7° - Prestación complementaria en caso de accidente de trabajo,\nenfermedad profesional y enfermedad común\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>En los casos de incapacidad temporal derivada de accidentes de trabajo,\naccidente en itinere, enfermedad profesional o enfermedad común, la empresa\ngarantizara al trabajador el 80 por ciento de la diferencia entre el salario de\nun mes neto de no baja, con el salario de un mes neto de baja.\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\u003Cp>\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\u003Cp>\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>8° - Complemento de no bajas\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>Para todo el personal de la empresa que no haya permanecido ningún día de\nbaja por enfermedad común o accidente no laboral durante cada uno de los 4\ntrimestres del año cobrara la cantidad trimestral de 100 euros.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>9° - Contrato de relevo\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>La Dirección de la empresa estudiará la aplicación del contrato de relevo\na todo trabajador que lo solicite.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>10° - Parejas de hecho\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>Las parejas de hecho debidamente acreditadas tendrán los mismos derechos\nque los matrimonios en todos los permisos.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>\u003C\u002Fh3>\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-protectiveclothing\">\u003Ch3>11° - Prendas de trabajo\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>La empresa facilitará a los trabajadores y trabajadoras cada año 4 prendas\na elegir entre buzo, chaquetilla, pantalón y jersey, así como los equipos de\nprotección individual adecuados y necesarios para el desarrollo de su\ntrabajo.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>La empresa facilitara cada año 2 prendas de ropa térmica a elegir entre\npantalón o camiseta, así como 2 camisetas en verano.\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\n\n\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-PAYSCALES_selected_period\">\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-PAYSCALES_trigger\">\u003Ch3>12° - Salarios\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Ctable class=\"MsoNormalTable\" border=\"0\" cellspacing=\"0\" cellpadding=\"0\" style=\"margin-left:.5pt;border-collapse:collapse\">\n  \u003Ctbody>\n    \u003Ctr style=\"height:15.85pt\">\n      \u003Ctd width=\"130\" valign=\"top\" style=\"width:77.75pt;border-top:solid windowtext 1.0pt; 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  border-bottom:none;background:white;padding:0in .5pt 0in .5pt;height:15.85pt\">\u003Cp class=\"BodyText3\" align=\"center\" style=\"margin:0in;margin-bottom:.0001pt;   text-align:center;line-height:6.0pt;background:transparent\">\u003Cspan class=\"BodytextSimSun\">\u003Cspan lang=\"ES\" style=\"font-size:7.5pt\">2018\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fp>\n      \u003C\u002Ftd>\n    \u003C\u002Ftr>\n    \u003Ctr style=\"height:16.55pt\">\n      \u003Ctd width=\"130\" valign=\"top\" style=\"width:77.75pt;border-top:solid windowtext 1.0pt;   border-left:solid windowtext 1.0pt;border-bottom:none;border-right:none;   background:white;padding:0in .5pt 0in .5pt;height:16.55pt\">\u003Cp class=\"BodyText3\" style=\"margin-top:0in;margin-right:0in;margin-bottom:0in;   margin-left:6.0pt;margin-bottom:.0001pt;line-height:7.5pt;background:transparent\">\u003Cspan class=\"BodytextSimSun\">\u003Cspan lang=\"ES\" style=\"font-size:7.5pt\">Grupo\n        13\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fp>\n      \u003C\u002Ftd>\n      \u003Ctd width=\"128\" valign=\"top\" style=\"width:76.55pt;border-top:solid windowtext 1.0pt;   border-left:solid windowtext 1.0pt;border-bottom:none;border-right:none;   background:white;padding:0in .5pt 0in .5pt;height:16.55pt\">\u003Cp class=\"BodyText3\" align=\"right\" style=\"margin-top:0in;margin-right:6.0pt;   margin-bottom:0in;margin-left:0in;margin-bottom:.0001pt;text-align:right;   line-height:7.5pt;background:transparent\">\u003Cspan class=\"BodytextSimSun\">\u003Cspan lang=\"ES\" style=\"font-size:7.5pt\">32.253,90 euros\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fp>\n      \u003C\u002Ftd>\n      \u003Ctd width=\"142\" valign=\"top\" style=\"width:85.2pt;border:solid windowtext 1.0pt;   border-bottom:none;background:white;padding:0in .5pt 0in .5pt;height:16.55pt\">\u003Cp class=\"BodyText3\" align=\"right\" style=\"margin-top:0in;margin-right:6.0pt;   margin-bottom:0in;margin-left:0in;margin-bottom:.0001pt;text-align:right;   line-height:7.5pt;background:transparent\">\u003Cspan class=\"BodytextSimSun\">\u003Cspan lang=\"ES\" style=\"font-size:7.5pt\">33.092,50 euros\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fp>\n      \u003C\u002Ftd>\n    \u003C\u002Ftr>\n    \u003Ctr style=\"height:16.3pt\">\n      \u003Ctd width=\"130\" valign=\"top\" style=\"width:77.75pt;border-top:solid windowtext 1.0pt;   border-left:solid windowtext 1.0pt;border-bottom:none;border-right:none;   background:white;padding:0in .5pt 0in .5pt;height:16.3pt\">\u003Cp class=\"BodyText3\" style=\"margin-top:0in;margin-right:0in;margin-bottom:0in;   margin-left:6.0pt;margin-bottom:.0001pt;line-height:7.5pt;background:transparent\">\u003Cspan class=\"BodytextSimSun\">\u003Cspan lang=\"ES\" style=\"font-size:7.5pt\">Grupo\n        14\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fp>\n      \u003C\u002Ftd>\n      \u003Ctd width=\"128\" valign=\"top\" style=\"width:76.55pt;border-top:solid windowtext 1.0pt;   border-left:solid windowtext 1.0pt;border-bottom:none;border-right:none;   background:white;padding:0in .5pt 0in .5pt;height:16.3pt\">\u003Cp class=\"BodyText3\" align=\"right\" style=\"margin-top:0in;margin-right:6.0pt;   margin-bottom:0in;margin-left:0in;margin-bottom:.0001pt;text-align:right;   line-height:7.5pt;background:transparent\">\u003Cspan class=\"BodytextSimSun\">\u003Cspan lang=\"ES\" style=\"font-size:7.5pt\">31.502,10 euros\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fp>\n      \u003C\u002Ftd>\n      \u003Ctd width=\"142\" valign=\"top\" style=\"width:85.2pt;border:solid windowtext 1.0pt;   border-bottom:none;background:white;padding:0in .5pt 0in .5pt;height:16.3pt\">\u003Cp class=\"BodyText3\" align=\"right\" style=\"margin-top:0in;margin-right:6.0pt;   margin-bottom:0in;margin-left:0in;margin-bottom:.0001pt;text-align:right;   line-height:7.5pt;background:transparent\">\u003Cspan class=\"BodytextSimSun\">\u003Cspan lang=\"ES\" style=\"font-size:7.5pt\">32.342,50 euros\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fp>\n      \u003C\u002Ftd>\n    \u003C\u002Ftr>\n    \u003Ctr style=\"height:17.05pt\">\n      \u003Ctd width=\"130\" valign=\"top\" style=\"width:77.75pt;border:solid windowtext 1.0pt;   border-right:none;background:white;padding:0in .5pt 0in .5pt;height:17.05pt\">\u003Cp class=\"BodyText3\" align=\"center\" style=\"margin:0in;margin-bottom:.0001pt;   text-align:center;line-height:7.5pt;background:transparent\">\u003Cspan class=\"BodytextSimSun\">\u003Cspan lang=\"ES\" style=\"font-size:7.5pt\">Grupo de\n        1er año\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fp>\n      \u003C\u002Ftd>\n      \u003Ctd width=\"128\" valign=\"top\" style=\"width:76.55pt;border:solid windowtext 1.0pt;   border-right:none;background:white;padding:0in .5pt 0in .5pt;height:17.05pt\">\u003Cp class=\"BodyText3\" align=\"right\" style=\"margin-top:0in;margin-right:6.0pt;   margin-bottom:0in;margin-left:0in;margin-bottom:.0001pt;text-align:right;   line-height:7.5pt;background:transparent\">\u003Cspan class=\"BodytextSimSun\">\u003Cspan lang=\"ES\" style=\"font-size:7.5pt\">24.492,30 euros\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fp>\n      \u003C\u002Ftd>\n      \u003Ctd width=\"142\" valign=\"top\" style=\"width:85.2pt;border:solid windowtext 1.0pt;   background:white;padding:0in .5pt 0in .5pt;height:17.05pt\">\u003Cp class=\"BodyText3\" align=\"right\" style=\"margin-top:0in;margin-right:6.0pt;   margin-bottom:0in;margin-left:0in;margin-bottom:.0001pt;text-align:right;   line-height:7.5pt;background:transparent\">\u003Cspan class=\"BodytextSimSun\">\u003Cspan lang=\"ES\" style=\"font-size:7.5pt\">25.129,10 euros\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fp>\n      \u003C\u002Ftd>\n    \u003C\u002Ftr>\n  \u003C\u002Ftbody>\n\u003C\u002Ftable>\n\n\u003Cp>\u003Cspan>&nbsp;\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\u003C\u002Fdiv>\n\n\u003Cp>\u003Cspan>\u003C\u002Fspan>\u003C\u002Fp>\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-jobclassifaction1\">\u003Cp>Grupo 13 para cada uno de los años será el IPC del año\nanterior más 1,5 por ciento.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Grupo 14 la diferencia para cada uno de los años será de 750 euros menos\nque el grupo 13.\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\n\n\u003Cp>Grupo de paso para cada uno de los años será el IPC del año anterior más\n1,5 por ciento.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Todo trabajador entrará en la empresa en el grupo de paso, al año de\npermanencia en la misma (en el mismo mes), pasara al grupo 14, a los 2 años de\npermanencia en este grupo (en el mismo mes), pasara al grupo 13.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Conceptos incluidos en el salario bruto:\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Salario base, 14 mensualidades.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Incentivos, 14 mensualidades.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Toxico: 67,38 euros por 11 mensualidades. (Personal de taller)\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Asistencia: 18,76 euros por 11 mensualidades.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>\u003C\u002Fh3>\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-OVERTIME_trigger\">\u003Ch3>13° - Horas extraordinarias\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>La compensación para el disfrute de las horas extras, para el personal que\nasí lo desee, será la siguiente:\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-overtimeallowancetype_general\">\u003Cp>1 hora extra normal = 1 hora y 15 minutos normales.\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\n\n\u003Cp>1 hora extra sábado \u002F puente = 1 hora y 45 minutos normales.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-SUNDAY_trigger\">\u003Cp>1 hora extra domingo \u002F festivo = 2 horas y 15 minutos normales.\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\n\n\u003Cp>\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Nota: el disfrute se solicitará a la Dirección de la empresa con 24 horas\nde antelación, no podrán coincidir dos personas por relevo y no podrán\ncoincidir con vacaciones, Navidad o Semana Santa.\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\n\n\u003Ch3>14° - Mantenimiento\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>El personal de mantenimiento percibirá la cantidad de 60 euros, más un\nmínimo de 1 hora por acto (salida) que tenga que realizar en horarios\nintempestivos (nocturnos, etc....).\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>15° - Fundación Laboral San Prudencio\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>La empresa aplicará la concesión de los servicios de la Fundación Laboral\nSan Prudencio en la ciudad de Vitoria-Gasteiz para los trabajadores.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Ahora bien, si como consecuencia de las disposiciones vigentes, la\nFundación Laboral San Prudencio, al que la empresa afectada por el convenio\ndesapareciese como tal persona jurídica, la empresa se comprometería a\nparticipar en otra actividad de la misma finalidad con la aportación que hasta\nahora haya venido realizando.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>\u003C\u002Fh3>\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-longserviceallowancetype2\">\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-longserviceallowanceamount1\">\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-longserviceallowancetype1\">\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-longserviceallowancetype\">\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-SENIOR_trigger\">\u003Ch3>16° - Plus de antigüedad\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>Este plus corresponde a los comúnmente denominados premios de antigüedad\nse computará desde al inicio de su relación laboral y su cuantía por\nquinquenio y mes, será 26,30 euros.\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\u003C\u002Fdiv>\u003C\u002Fdiv>\u003C\u002Fdiv>\u003C\u002Fdiv>\u003Cp>\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>\u003C\u002Fh3>\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-shiftallowancetype\">\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-NOCTPREM_trigger\">\u003Ch3>17° - Plus de nocturnidad\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>Los trabajadores y trabajadoras con derecho a percibir suplemento de\nnocturnidad (de 22:00 h. a 6:00 h.) percibirán la bonificación de 15 euros\npor noche trabajada.\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\u003C\u002Fdiv>\u003Cp>\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>\u003C\u002Fh3>\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-disabilitypay\">\u003Ch3>18° - Póliza de seguro por accidentes\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>Póliza de seguro por accidente y\u002Fo enfermedades profesionales.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>La empresa deberá formalizar Pólizas de Seguro de Accidentes de Trabajo\ngarantizado a sus operarios los siguientes capítulos y riesgos.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>1)30.000 euros por muerte a consecuencia de accidente laboral o enfermedad\nprofesional.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>2)30.000 euros por Incapacidad Permanente Total, Absoluta, o Gran Invalidez\na consecuencia de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales,\ndeclaradas como tal por los organismos laborales y de Seguridad Social\ncompetentes.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Una copia de la póliza que, a tal efecto, suscriba la empresa será\nentregada al delegado de personal o comité de empresa, si lo hubiere quien en\nel plazo de 15 días siguientes hará saber al empresario las observaciones\nque, en su caso procedan.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Transcurrido el indicado plazo sin que se haya producido observación alguna\no, producida esa se hubiera solventado entre las partes implicadas, se\nentenderá de conformidad la correspondiente póliza.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Las dudas que puedan surgir en orden a la adecuación de la póliza con las\ncondiciones a que se hace referencia en este artículo podrán ser planteadas a\nla comisión paritaria del convenio.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Las pólizas de seguro de accidentes garantizarán la percepción de los\ncapítulos expresados por los riesgos indicados, cuando el accidente laboral\ntenga lugar a partir de los tres meses siguientes a la fecha de publicación\ndel convenio en el BOTHA.\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\u003Cp>\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>\u003C\u002Fh3>\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-mealvouchersamount\">\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight focus\" id=\"clause-MEALALL_trigger\">\u003Ch3>19° - Dietas\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>Las cantidades quedan como siguen:\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—Más de 1 día: 51,22 euros.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—En el mismo día: 1,82 euros\u002Fdesayuno; 17,11 euros\u002Fcomida y 12,04\neuros\u002Fcena.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—Viajes fuera del territorio nacional: se incrementarán las cantidades\nseñaladas en un 10 por ciento.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>En caso de pernoctación, la empresa reservará y costeará el alojamiento\nlo más próximo posible al lugar de trabajo, y garantizará las condiciones\nrazonables de confort. Asimismo, y por día de pernoctación, el trabajador\nrecibirá un suplemento de 6 euros.\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\u003C\u002Fdiv>\n\n\u003Ch3>20° - Uso de vehículo particular\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>Cuando el trabajador, por necesidades de la empresa y a requerimiento de\nésta, tuviera que desplazarse utilizando su propio vehículo, se le abonará\nla cantidad de 0,32 euros\u002Fkm.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>21° - Notificación de expediente de regulación de empleo\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>La empresa vendrá obligada a notificar al comité de empresa o delegados de\npersonal y, en su caso, delegados de secciones sindicales, la formulación\nunilateral de los expedientes de regulación de empleo en los plazos y\ncondiciones previstas en la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Decreto\n43\u002F1996, de 14 de abril.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Con carácter excepcional los representantes legales de los trabajadores y\ntrabajadoras que intervengan en la discusión y tramitación de un expediente\nde regulación de empleo y que hayan agotado el crédito de horas a que se\nrefiere el artículo 68 e) del Estatuto de los Trabajadores, podrán disponer\ncon derecho a retribución de hasta cinco horas más sobre las que mensualmente\ntuvieran reconocidas siempre y cuando acrediten ante el empresario que las\nmismas se invierten en el desempeño de sus funciones de representación.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>22° - Asamblea de trabajadores y trabajadoras\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>Los trabajadores y trabajadoras afectados por el presente convenio\ndispondrán de un tiempo máximo de 4 horas cada año durante su vigencia,\nremuneradas como tiempo de trabajo, con los requisitos que seguidamente se\nconsignan.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Las asambleas solamente podrán ser convocadas por la mayoría del comité\nde empresa o por un número no inferior al veinte por ciento (20 por ciento) de\nla plantilla de los trabajadores.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>La celebración de estas asambleas, con el tiempo de duración previsto,\norden del día de los temas a tratar y motivos de la celebración de la\nasamblea, se deberá comunicar a la Dirección de la empresa por el comité de\nrepresentantes de la misma con una antelación mínima de veinticuatro horas a\nsu celebración.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>La asamblea será presidida en todos los casos por el comité de empresa o\nlos delegados de personal, que serán responsables del normal desarrollo de la\nmisma.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>23° - Delegado\u002Fas de personal o comités de empresa\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>Las horas retribuidas para el ejercicio de la actividad de los delegado\u002Fas\nde personal o miembros del comité de empresa, se podrán acumular entre los\nmiembros del comité de empresa \u002F delegado de personal \u002F delegado\u002Fas sindicales\na de un mismo sindicato y disfrutar de estas horas siempre y cuando no ocasione\nperjuicios en la organización productiva de la empresa. El cómputo de dichas\nhoras tendrá carácter anual.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>24° - Secciones sindicales\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>Las secciones sindicales que cuenten, como mínimo con un número de\nafiliados igual al señalado en el artículo 45, y que pertenezcan a las\ncentrales sindicales más representativas, conforme a la definición\nestablecida por la LOLS, dispondrán para el conjunto de los afiliados de hasta\ncuatro horas anuales para la celebración de reuniones sindicales fuera de las\nhoras de trabajo y que serán retribuidas única y exclusivamente para sus\nafiliados. A estas reuniones deberán asistir todos los trabajadores y\ntrabajadoras afiliados de las secciones sindical convocante, cuyo delegado\ndeberá comunicar a la empresa la convocatoria con 48 horas de antelación\ndebiéndolo hacer por escrito y con expresión de la fecha y hora de la\nreunión y orden del día de la misma.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Las centrales sindicales deberán remitir a la Dirección de la empresa\nrelación nominal de afiliados asistentes a dichas reuniones a efectos de su\nretribución.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-TRADEUNLEAV_trigger\">\u003Ch3>25°- Delegado\u002Fas de secciones sindicales\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>El delegado de cada sección sindical en el seno de la empresa\ncorrespondiente a sindicatos que dispongan como mínimo de un número de\nafiliados equivalente al 10 por ciento de la plantilla en empresas de 25 a 100\ntrabajadores, el 8 por ciento de la plantilla en empresas de 101 a 250\ntrabajadores, el 6 por ciento en empresas de 251 a 500 trabajadores y\ntrabajadoras el 5 por ciento en empresas de 501 en adelante, podrá disponer de\nun plazo máximo retribuido de quince horas al mes para el ejercicio de sus\nfunciones sindicales.\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\u003Cp>\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Serán funciones del delegado sindical, sin perjuicio de lo dispuesto en la\nLOLS:\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—La representación y defensa de los intereses de su sindicato y de los\ntrabajadores y trabajadoras de la empresa afiliados al mismo.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—Difundir publicaciones y avisos de carácter sindical o laboral en los\nlocales de la empresa a través de un tablón de anuncios, responsabilizándose\ncada Sección Sindical del uso correcto de este medio de comunicación.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—Recaudar las cotizaciones de sus afiliados, no pudiendo ser\nobstaculizados en sus tareas de afiliación sindical.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—Serán oídos por la empresa en el tratamiento de aquellos problemas de\ncarácter colectivo que afecten a los trabajadores y trabajadoras en general y\na los afiliados del sindicato.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—Serán informados y oídos con carácter previo en materia de\nreestructuración de plantilla, regulaciones de empleo y, en general, sobre\ntodo proyecto o acción empresarial que pueda afectar sustancialmente a las\ncondiciones de trabajo de los trabajadores, así como en la implantación o\nrevisión de sistema de organización.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—Asistir a las reuniones de los comités de empresa, tanto en las\nreuniones que solicite éste en solitario como cuando se reúna con la\nDirección de la empresa.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—Ser oídos por la empresa con carácter previo a la adopción de medidas\ndisciplinarias que afecten a los afiliados a su Sindicato cuando las mismas\nrevistan carácter grave o muy grave.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>El ejercicio de tales funciones en ningún momento podrá interferir la\nmarcha general de la producción ni el trabajo de ninguno de los productores.\nEl Delegado Sindical tendrá, además, las siguientes garantías:\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—Tendrá preferencia para permanecer en la empresa en los casos de\nreestructuración de plantilla por expediente de regulación de empleo.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—No podrá ser despedido ni sancionado como consecuencia del ejercicio de\nsu actividad sindical.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Se considerarán nulos cuantos actos o pactos tengan por objeto la\ndiscriminación sindical y en concreto:\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—Condicionar el empleo de un trabajador a la afiliación o no afiliación\na una central sindical.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—La constitución o el apoyo por parte del empresario a una central\nsindical mediante ayuda financiera de otro tipo.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>\u003C\u002Fp>\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-discrimination\">—Despedir a un trabajador\u002Fa, sancionarle, discriminarle o causarle\ncualquier tipo de perjuicio por razón de su afiliación a una central sindical\no sección sindical de empresa o por su actividad sindical, siempre que ésta\nse ajuste a la legislación vigente.\u003C\u002Fdiv>\u003Cp>\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—Las empresas facilitarán reuniones a los afiliados a una sección\nsindical en los locales de la empresa, fuera de las horas de trabajo.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>26° - Funciones y atribuciones de los delegados\u002Fas de personal y comités\nde empresa\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>Los delegado\u002Fas de personal y en su caso, los comités de empresa, como\nrepresentantes del personal de la misma, detentan la capacidad de negociación\ncon el empresario en defensa de los intereses de sus representados, y tienen\nademás asignadas las siguientes funciones y atribuciones:\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—Ser informados de los nuevos puestos de trabajo que las empresas tengan\nprevisto cubrir, así como las condiciones generales de los mismos, con\nexcepción de los denominados puestos de responsabilidad o de confianza.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—Ser informados y oídos respecto de aquellas medidas que afecten a los\ntrabajadores y trabajadoras en relación con la modificación o establecimiento\nde nuevos sistemas de trabajo, así como en la fijación de las escalas o\ntarifas de valoración de los puestos de trabajo.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—Ser informados, con 15 días de antelación, de los traslados del\npersonal que se realicen en la empresa cuando éstos se produzcan por\nnecesidades de servicio o por conveniencia de la empresa. No quedan\ncomprendidos dentro de este supuesto los denominados «cambios de puesto»\nmotivados por la movilidad funcional.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—Participar en la elaboración de las normas sobre ascensos que se\narbitren en las empresas, así como formar parte a través de uno de sus\nmiembros, en el tribunal que en su caso se constituya, para las oportunas\npruebas de ascenso.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—Ser informados mensualmente sobre el número de horas extraordinarias que\nse hayan realizado en la empresa.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>—Conocer los contratos de trabajo celebrados con el personal de nueva\nincorporación, salvo los de aquellos que ocupen puestos de confianza.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras en cada\nempresa podrán solicitar de la Dirección de la misma, autorización para\nacumular mensualmente el crédito de horas que tengan atribuido en uno o varios\nde los miembros pertenecientes a la misma central sindical, con respecto a los\nprogramas de producción y preavisando con 30 días de antelación a su\nempleadora, siendo requisito indispensable la conformidad expresa de ésta y\ndel comité de empresa para la eficacia de tales trasferencias.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Sin perjuicio de las funciones específicas de los servicios médicos de\nempresa y de los comités de seguridad y salud, los delegado\u002Fas de personal o\nlos comités de empresa serán informados mensualmente y con carácter\nordinario de la situación real de la empresa en esta materia, de forma tal que\npueda garantizarse el cumplimiento de la normativa legal vigente.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Siempre que el trabajador lo requiera, será obligatoria la presencia del\nrepresentante del personal en la firma de los contratos de trabajo, así como\nen los finiquitos, bien sea por cese en la empresa o por jubilación de la\nmisma.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras dispondrán\ndel crédito de horas mensuales retribuidas señalado en la Ley para el\nejercicio de sus funciones de representación. En todo caso, para la\nutilización de dicho crédito será necesario tanto el preaviso de la empresa\ncon la suficiente antelación indicando el motivo de la ausencia, como la\nposterior justificación de la duración, lugar y horario del acto, actividad\nque originó la utilización de dicho crédito.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>27° - Información por la empresa\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>La empresa informará al menos trimestralmente, al comité de empresa sobre\nla situación general de la misma, inversiones, evolución del negocio,\nsituación del sector y perspectivas del mercado.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Las comunicaciones que realice la empresa a los representantes del personal,\ny viceversa, deberán ir por escrito con firma y sello del que lo suscriba.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-healthandsafetypolicy\">\u003Ch3>28° - Prevención de riesgos\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>Los delegado\u002Fas de prevención de riesgos podrán ser designados de entre\ntodos los trabajadores y trabajadoras de la empresa.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>A los exclusivos efectos de las acciones que dentro de la empresa puedan\nderivarse de las tareas propias de prevención, los delegado\u002Fas de prevención\npodrán disponer de un crédito horario adicional en la siguiente cuantía:\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Empresas de hasta 75 trabajadores y trabajadoras: 2 horas\u002Fmes.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Empresas de 76 a 150 trabajadores y trabajadoras: 3 horas\u002Fmes.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Empresas de 151 a 250 trabajadores y trabajadoras: 4 horas\u002Fmes.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Empresas de más de 250 trabajadores y trabajadoras: 5 horas\u002Fmes.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>\u003C\u002Fp>\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-healthandsafetyprovisions\">\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-healthandsafetytraining\">Asimismo, los delegado\u002Fas de prevención dispondrán de los permisos\nretribuidos necesarios para la asistencia a cursos de formación en materia de\nSeguridad y Salud Laboral y que sean convocados por los organismos o\ninstituciones oficiales competentes en la materia, o por los servicios de las\norganizaciones sindicales firmantes del presente convenio, en aquellas materias\nque le sean facultadas por los organismos competentes. El disfrute de dichos\npermisos deberá ser autorizado por la empresa. En caso de denegación, podrá\nelevarse recurso a la comisión mixta\u003C\u002Fdiv>\u003C\u002Fdiv>\u003Cp>\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\u003Cp>\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>\u003C\u002Fh3>\u003Cdiv class=\"cbaClause highlight\" id=\"clause-hivpolicy\">\u003Ch3>29° - Reconocimientos médicos\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>Los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a una revisión médica\nanual obligatoria y gratuita en horas de trabajo.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Tales reconocimientos médicos, incluida la analítica, tienen carácter\nobligatorio para empresas y trabajadores, y son las siguientes:\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>a)Reconocimientos previos al ingreso.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>b)Reconocimientos periódicos anuales.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>c)Reconocimientos especiales semestrales, en función de los riesgos\nespecíficos contemplados en el artículo 50 del Reglamento de Servicios\nMédicos de Empresa.\u003C\u002Fp>\u003C\u002Fdiv>\u003Cp>\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>30° - Comisión paritaria\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>Se constituye una comisión paritaria formada por los firmantes del convenio\ncon un máximo de dos miembros por la parte social y dos por la parte\nempresarial.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Solicitada la convocatoria por cualquiera de las dos partes de dicha\ncomisión, ésta deberá reunirse en el plazo máximo de quince días.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Serán sus competencias:\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>A)Interpretación de cualquier norma de este convenio colectivo.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>B)Desarrollar los compromisos contenidos en el presente convenio.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>La comisión paritaria se reunirá siempre que cualquiera de las\nrepresentaciones lo solicite en virtud de las competencias atribuidas.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Cada representación sindical, así como la representación empresarial de\nla comisión paritaria podrá ser asistida de 2 asesores\u002Fas como máximo, con\nvoz pero sin voto.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Cualquier miembro podrá tener suplente previo aviso a la comisión.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Para que los acuerdos de la comisión paritaria tengan validez deberán ser\nrefrendados por el 51 por ciento de los votos de cada representación.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Las discrepancias producidas en el seno de la comisión paritaria se\nsolventarán de acuerdo con los procedimientos de mediación regulados en el II\nAcuerdo sobre Solución Extrajudicial de Conflictos Laborales -PRECO II (BOPV\nde 4 de abril de 2000).\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>Los miembros titulares de la comisión paritaria tendrán derecho a permiso\nretribuido para los días en que se reúna ésta y los gastos originados en el\ndesempeño de esta labor serán sufragados por la empresa.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Ch3>31° - Inaplicación\u003C\u002Fh3>\n\n\u003Cp>La empresa no podrá en ningún caso acogerse a la inaplicación del\nsiguiente convenio colectivo mediante el procedimiento al que se refiere el\nartículo 82.3 ET debiendo intentar en su caso la posibilidad de renegociar el\nmismo antes de su vencimiento para lograr otro o la posibilidad de revisión\ndel mismo que prevé el artículo 86.1 ET\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>En caso de que la empresa pretendiera la inaplicación temporal del presente\nconvenio colectivo (por motivos económicos, técnicos, organizativos o de\nproducción) y no se llegara a un acuerdo con la representación de los\ntrabajadores y trabajadoras los procedimientos para la resolución de\nconflictos de los acuerdos interprofesionales que fueran de aplicación no\nresolviera la discrepancia será el acuerdo entre ambas partes (representación\nde la empresa y mayoría de la representación de los trabajadores) para\nsometer el desacuerdo sobre la inaplicación al ORPRICE.\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>\u003C\u002Fp>\n\n\u003Cp>\u003C\u002Fp>\n\n\n\n            ",{"disabilitypay":44,"hourspday_select":48,"cbadate_end":52,"longserviceallowanceamount1":56,"childcare":60,"hourspday":64,"MEALALL_trigger":66,"longserviceallowancetype":70,"discrimination":72,"cbadate_start":76,"PAYSCALES_selected_period":80,"mealvouchersamount":84,"OVERTIME_trigger":86,"holidaysdays":90,"jobclassifaction1":94,"shiftallowancetype":98,"healthinsurance":102,"SUNDAY_trigger":106,"healthandsafetytraining":110,"protectiveclothing":114,"healthandsafetypolicy":118,"sicknesspay":122,"longserviceallowancetype1":126,"longserviceallowancetype2":128,"TRADEUNLEAV_trigger":130,"paidpaternityleave":134,"NOCTPREM_trigger":138,"cbadate_start_date":140,"overtimeallowancetype_general":142,"PAYSCALES_trigger":146,"paidpaternityleaveduration":148,"hourspyear_select":150,"SENIOR_trigger":154,"disabilityfund":156,"PAIDLEAV_trigger":158,"hivpolicy":162,"deathrelatives":166,"healthandsafetyprovisions":170},{"bindId":45,"name":46,"text":47},"disabilitypay","18° - Póliza de seguro por accidentes Pó","18° - Póliza de seguro por accidentes\n\nPóliza de seguro por accidente y\u002Fo enfermedades profesionales.\n\nLa empresa deberá formalizar Pólizas de Seguro de Accidentes de Trabajo\ngarantizado a sus operarios los siguientes capítulos y riesgos.\n\n1)30.000 euros por muerte a consecuencia de accidente laboral o enfermedad\nprofesional.\n\n2)30.000 euros por Incapacidad Permanente Total, Absoluta, o Gran Invalidez\na consecuencia de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales,\ndeclaradas como tal por los organismos laborales y de Seguridad Social\ncompetentes.\n\nUna copia de la póliza que, a tal efecto, suscriba la empresa será\nentregada al delegado de personal o comité de empresa, si lo hubiere quien en\nel plazo de 15 días siguientes hará saber al empresario las observaciones\nque, en su caso procedan.\n\nTranscurrido el indicado plazo sin que se haya producido observación alguna\no, producida esa se hubiera solventado entre las partes implicadas, se\nentenderá de conformidad la correspondiente póliza.\n\nLas dudas que puedan surgir en orden a la adecuación de la póliza con las\ncondiciones a que se hace referencia en este artículo podrán ser planteadas a\nla comisión paritaria del convenio.\n\nLas pólizas de seguro de accidentes garantizarán la percepción de los\ncapítulos expresados por los riesgos indicados, cuando el accidente laboral\ntenga lugar a partir de los tres meses siguientes a la fecha de publicación\ndel convenio en el BOTHA.",{"bindId":49,"name":50,"text":51},"hourspday_select","La jornada diaria nunca podrá ser inferi","La jornada diaria nunca podrá ser inferior a 7 horas y 40 minutos.",{"bindId":53,"name":54,"text":55},"cbadate_end","El presente convenio tendrá una vigencia","El presente convenio tendrá una vigencia de cuatro años, entrando en vigor\na todos los efectos al día 1 de enero del 2018; finalizando su vigencia el 31\nde diciembre de 2021, se aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de\nenero de 2018, independientemente de la firma del mismo.",{"bindId":57,"name":58,"text":59},"longserviceallowanceamount1","16° - Plus de antigüedad Este plus corre","16° - Plus de antigüedad\n\nEste plus corresponde a los comúnmente denominados premios de antigüedad\nse computará desde al inicio de su relación laboral y su cuantía por\nquinquenio y mes, será 26,30 euros.",{"bindId":61,"name":62,"text":63},"childcare","3- Enfermedad grave, intervención quirúr","3- Enfermedad grave, intervención quirúrgica u hospitalización\ndebidamente justificada, de parientes hasta 2° grado de consanguinidad o\nafinidad: dos días naturales. A estos efectos se entenderá por enfermedad\ngrave aquella que sea calificada como tal por el facultativo correspondiente,\nbien en la certificación inicial o posteriormente a requerimiento de las\npartes, así como cualquier intervención quirúrgica que precise reposo\ndomiciliario. En defecto de esta certificación se presentará la que a estos\nefectos expidan los servicios médicos. Esta certificación no será exigible\ncuando el enfermo sea familiar directo del trabajador, conviva habitualmente\ncon el, sea intervenido quirúrgicamente y necesite hospitalización. Cuando la\nenfermedad grave persistiera, el trabajador tendrá derecho a una segunda\nlicencia no retribuida por igual tiempo, pasados treinta días consecutivos\ndesde la finalización de la primera sin que en este caso sea de aplicación la\nampliación del permiso.",{"bindId":65,"name":50,"text":51},"hourspday",{"bindId":67,"name":68,"text":69},"MEALALL_trigger","19° - Dietas Las cantidades quedan como ","19° - Dietas\n\nLas cantidades quedan como siguen:\n\n—Más de 1 día: 51,22 euros.\n\n—En el mismo día: 1,82 euros\u002Fdesayuno; 17,11 euros\u002Fcomida y 12,04\neuros\u002Fcena.\n\n—Viajes fuera del territorio nacional: se incrementarán las cantidades\nseñaladas en un 10 por ciento.\n\nEn caso de pernoctación, la empresa reservará y costeará el alojamiento\nlo más próximo posible al lugar de trabajo, y garantizará las condiciones\nrazonables de confort. Asimismo, y por día de pernoctación, el trabajador\nrecibirá un suplemento de 6 euros.",{"bindId":71,"name":58,"text":59},"longserviceallowancetype",{"bindId":73,"name":74,"text":75},"discrimination","—Despedir a un trabajador\u002Fa, sancionarle","—Despedir a un trabajador\u002Fa, sancionarle, discriminarle o causarle\ncualquier tipo de perjuicio por razón de su afiliación a una central sindical\no sección sindical de empresa o por su actividad sindical, siempre que ésta\nse ajuste a la legislación vigente.",{"bindId":77,"name":78,"text":79},"cbadate_start","1° - Ámbito temporal El presente conveni","1° - Ámbito temporal\n\nEl presente convenio tendrá una vigencia de cuatro años, entrando en vigor\na todos los efectos al día 1 de enero del 2018; finalizando su vigencia el 31\nde diciembre de 2021, se aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de\nenero de 2018, independientemente de la firma del mismo.",{"bindId":81,"name":82,"text":83},"PAYSCALES_selected_period","12° - Salarios GRUPO 2017 2018 Grupo 13 ","12° - Salarios\n\n\n  \n    \n      GRUPO\n      \n      2017\n      \n      2018\n      \n    \n    \n      Grupo\n        13\n      \n      32.253,90 euros\n      \n      33.092,50 euros\n      \n    \n    \n      Grupo\n        14\n      \n      31.502,10 euros\n      \n      32.342,50 euros\n      \n    \n    \n      Grupo de\n        1er año\n      \n      24.492,30 euros\n      \n      25.129,10 euros\n      \n    \n  \n\n\n ",{"bindId":85,"name":68,"text":69},"mealvouchersamount",{"bindId":87,"name":88,"text":89},"OVERTIME_trigger","13° - Horas extraordinarias La compensac","13° - Horas extraordinarias\n\nLa compensación para el disfrute de las horas extras, para el personal que\nasí lo desee, será la siguiente:\n\n1 hora extra normal = 1 hora y 15 minutos normales.\n\n1 hora extra sábado \u002F puente = 1 hora y 45 minutos normales.\n\n1 hora extra domingo \u002F festivo = 2 horas y 15 minutos normales.\n\n\n\nNota: el disfrute se solicitará a la Dirección de la empresa con 24 horas\nde antelación, no podrán coincidir dos personas por relevo y no podrán\ncoincidir con vacaciones, Navidad o Semana Santa.",{"bindId":91,"name":92,"text":93},"holidaysdays","La modificación de las fechas de vacacio","La modificación de las fechas de vacaciones tendrá que ser realizada con\nel consentimiento del trabajador afectado. Los gastos ocasionados por\nmodificación en las fechas previstas de vacaciones y no comunicadas al\ntrabajador con 30 días de antelación, serán abonados por la empresa, previa\njustificación de los mismos. El periodo de vacaciones será de 30 días\nnaturales.",{"bindId":95,"name":96,"text":97},"jobclassifaction1","Grupo 13 para cada uno de los años será ","Grupo 13 para cada uno de los años será el IPC del año\nanterior más 1,5 por ciento.\n\nGrupo 14 la diferencia para cada uno de los años será de 750 euros menos\nque el grupo 13.",{"bindId":99,"name":100,"text":101},"shiftallowancetype","17° - Plus de nocturnidad Los trabajador","17° - Plus de nocturnidad\n\nLos trabajadores y trabajadoras con derecho a percibir suplemento de\nnocturnidad (de 22:00 h. a 6:00 h.) percibirán la bonificación de 15 euros\npor noche trabajada.",{"bindId":103,"name":104,"text":105},"healthinsurance","6° - Mutuas Las altas y bajas por enferm","6° - Mutuas\n\nLas altas y bajas por enfermedad común o accidente no laboral, serán\nfacultad del médico de la seguridad social. La cobertura del control sanitario\npor tales contingencias nunca podrá ser efectuada por personal ajeno al\nServicio Vasco de Salud. Las mutuas no podrán hacer ningún tipo de\nseguimiento.\n\nEn caso de reiteradas quejas por parte de los trabajadores y trabajadoras,\nse podrá exigir un cambio de mutua de accidentes.",{"bindId":107,"name":108,"text":109},"SUNDAY_trigger","1 hora extra domingo \u002F festivo = 2 horas","1 hora extra domingo \u002F festivo = 2 horas y 15 minutos normales.",{"bindId":111,"name":112,"text":113},"healthandsafetytraining","Asimismo, los delegado\u002Fas de prevención ","Asimismo, los delegado\u002Fas de prevención dispondrán de los permisos\nretribuidos necesarios para la asistencia a cursos de formación en materia de\nSeguridad y Salud Laboral y que sean convocados por los organismos o\ninstituciones oficiales competentes en la materia, o por los servicios de las\norganizaciones sindicales firmantes del presente convenio, en aquellas materias\nque le sean facultadas por los organismos competentes. El disfrute de dichos\npermisos deberá ser autorizado por la empresa. En caso de denegación, podrá\nelevarse recurso a la comisión mixta",{"bindId":115,"name":116,"text":117},"protectiveclothing","11° - Prendas de trabajo La empresa faci","11° - Prendas de trabajo\n\nLa empresa facilitará a los trabajadores y trabajadoras cada año 4 prendas\na elegir entre buzo, chaquetilla, pantalón y jersey, así como los equipos de\nprotección individual adecuados y necesarios para el desarrollo de su\ntrabajo.\n\nLa empresa facilitara cada año 2 prendas de ropa térmica a elegir entre\npantalón o camiseta, así como 2 camisetas en verano.",{"bindId":119,"name":120,"text":121},"healthandsafetypolicy","28° - Prevención de riesgos Los delegado","28° - Prevención de riesgos\n\nLos delegado\u002Fas de prevención de riesgos podrán ser designados de entre\ntodos los trabajadores y trabajadoras de la empresa.\n\nA los exclusivos efectos de las acciones que dentro de la empresa puedan\nderivarse de las tareas propias de prevención, los delegado\u002Fas de prevención\npodrán disponer de un crédito horario adicional en la siguiente cuantía:\n\nEmpresas de hasta 75 trabajadores y trabajadoras: 2 horas\u002Fmes.\n\nEmpresas de 76 a 150 trabajadores y trabajadoras: 3 horas\u002Fmes.\n\nEmpresas de 151 a 250 trabajadores y trabajadoras: 4 horas\u002Fmes.\n\nEmpresas de más de 250 trabajadores y trabajadoras: 5 horas\u002Fmes.\n\nAsimismo, los delegado\u002Fas de prevención dispondrán de los permisos\nretribuidos necesarios para la asistencia a cursos de formación en materia de\nSeguridad y Salud Laboral y que sean convocados por los organismos o\ninstituciones oficiales competentes en la materia, o por los servicios de las\norganizaciones sindicales firmantes del presente convenio, en aquellas materias\nque le sean facultadas por los organismos competentes. El disfrute de dichos\npermisos deberá ser autorizado por la empresa. En caso de denegación, podrá\nelevarse recurso a la comisión mixta",{"bindId":123,"name":124,"text":125},"sicknesspay","7° - Prestación complementaria en caso d","7° - Prestación complementaria en caso de accidente de trabajo,\nenfermedad profesional y enfermedad común\n\nEn los casos de incapacidad temporal derivada de accidentes de trabajo,\naccidente en itinere, enfermedad profesional o enfermedad común, la empresa\ngarantizara al trabajador el 80 por ciento de la diferencia entre el salario de\nun mes neto de no baja, con el salario de un mes neto de baja.",{"bindId":127,"name":58,"text":59},"longserviceallowancetype1",{"bindId":129,"name":58,"text":59},"longserviceallowancetype2",{"bindId":131,"name":132,"text":133},"TRADEUNLEAV_trigger","25°- Delegado\u002Fas de secciones sindicales","25°- Delegado\u002Fas de secciones sindicales\n\nEl delegado de cada sección sindical en el seno de la empresa\ncorrespondiente a sindicatos que dispongan como mínimo de un número de\nafiliados equivalente al 10 por ciento de la plantilla en empresas de 25 a 100\ntrabajadores, el 8 por ciento de la plantilla en empresas de 101 a 250\ntrabajadores, el 6 por ciento en empresas de 251 a 500 trabajadores y\ntrabajadoras el 5 por ciento en empresas de 501 en adelante, podrá disponer de\nun plazo máximo retribuido de quince horas al mes para el ejercicio de sus\nfunciones sindicales.",{"bindId":135,"name":136,"text":137},"paidpaternityleave","5- Alumbramiento de la esposa: dos días ","5- Alumbramiento de la esposa: dos días laborales. En caso de precisar\nintervención quirúrgica, se ampliará el plazo a tres días naturales más\nsobre dicho plazo.",{"bindId":139,"name":100,"text":101},"NOCTPREM_trigger",{"bindId":141,"name":54,"text":55},"cbadate_start_date",{"bindId":143,"name":144,"text":145},"overtimeallowancetype_general","1 hora extra normal = 1 hora y 15 minuto","1 hora extra normal = 1 hora y 15 minutos normales.",{"bindId":147,"name":82,"text":83},"PAYSCALES_trigger",{"bindId":149,"name":136,"text":137},"paidpaternityleaveduration",{"bindId":151,"name":152,"text":153},"hourspyear_select","La jornada laboral anual para los cuatro","La jornada laboral anual para los cuatro años será 1.656 horas.",{"bindId":155,"name":58,"text":59},"SENIOR_trigger",{"bindId":157,"name":124,"text":125},"disabilityfund",{"bindId":159,"name":160,"text":161},"PAIDLEAV_trigger","4° - Vacaciones La modificación de las f","4° - Vacaciones\n\nLa modificación de las fechas de vacaciones tendrá que ser realizada con\nel consentimiento del trabajador afectado. Los gastos ocasionados por\nmodificación en las fechas previstas de vacaciones y no comunicadas al\ntrabajador con 30 días de antelación, serán abonados por la empresa, previa\njustificación de los mismos. El periodo de vacaciones será de 30 días\nnaturales.\n\nEn el mes de agosto se trabajará un turno, con horario de mañana.\n\nEl día de la fiesta será el día de \"San Juan\"",{"bindId":163,"name":164,"text":165},"hivpolicy","29° - Reconocimientos médicos Los trabaj","29° - Reconocimientos médicos\n\nLos trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a una revisión médica\nanual obligatoria y gratuita en horas de trabajo.\n\nTales reconocimientos médicos, incluida la analítica, tienen carácter\nobligatorio para empresas y trabajadores, y son las siguientes:\n\na)Reconocimientos previos al ingreso.\n\nb)Reconocimientos periódicos anuales.\n\nc)Reconocimientos especiales semestrales, en función de los riesgos\nespecíficos contemplados en el artículo 50 del Reglamento de Servicios\nMédicos de Empresa.",{"bindId":167,"name":168,"text":169},"deathrelatives","1- Fallecimiento de padres-madres, madre","1- Fallecimiento de padres-madres, madres-padres políticos, abuelos\u002Fas,\nhijos\u002Fas, nietos\u002F as, hermanos\u002Fas: tres días naturales. Fallecimiento del\ncónyuge: cinco días naturales, pudiendo solicitar otros tres más de permiso\nno retribuido.\n\n2- Fallecimiento de hermanas\u002Fos políticos e hijas\u002Fos políticos: dos días\nnaturales.",{"bindId":171,"name":112,"text":113},"healthandsafetyprovisions","\u003Chtml>\n\n    \u003Cdiv class=\"cobra-report\">\n\n        \u003Ch2>Convenio colectivo de la empresa Olan, SA, 2018 - 2021 - 2018\u003C\u002Fh2>\n\n        \u003Cdiv class=\"section general\">\n\n            \n                \u003Cdiv id=\"display-start_date\">Fecha de inicio: &rarr;&nbsp;2018-01-01\u003C\u002Fdiv>\n            \n            \n\n            \n                \u003Cdiv id=\"display-end_date\">Fecha de término: &rarr;&nbsp;2021-12-31\u003C\u002Fdiv>\n            \n            \n\n            \u003C!-- TODO: previous CBA logic -->\n            \u003C!-- TODO: status logic -->\n\n            \n\n            \u003C!-- TODO: transnational_label, includingcountries_label, national_framework_label -->\n\n            \u003Cdiv id=\"display-SECTOR1\">\n                Nombre de la industria: &rarr;&nbsp;Industria manufacturera\n            \u003C\u002Fdiv>\n\n            \u003Cdiv id=\"display-NACE2004\">\n                Nombre de la industria: &rarr;&nbsp;Metalurgia; fabricación de productos de hierro, acero y ferroaleaciones  \n            \u003C\u002Fdiv>\n\n            \u003Cdiv id=\"display-FIRMPRI\">\n                Sector público o privado: &rarr;&nbsp;En el sector privado\n            \u003C\u002Fdiv>\n            \n            \u003Cdiv>Concluido por:\u003C\u002Fdiv>\n\n            \u003Cdiv id=\"display-CBA_MNCOMPA_1\">\n\n                \n                    \n                    \u003Cdiv>\n                        Nombre de la compañía: &rarr;&nbsp;\n                        \n                    \u003C\u002Fdiv>\n                \n                \u003Cdiv id=\"display-CBA_MNCOMPA_1_txt\">\u003C\u002Fdiv>\n            \u003C\u002Fdiv>\n\n            \n\n            \n\n            \n\n            \n\n            \u003Cdiv id=\"display-casignemployees\">\n                Nombre otras firmas por lado de los trabajadores: &rarr;&nbsp;Representación social de la empresa OLAN, S.A.\n            \u003C\u002Fdiv>\n\n        \u003C\u002Fdiv>\n\n        \u003Cdiv class=\"section social-security-pensions\">\n            \u003Ch3 id=\"display-SOCSEC_trigger\">SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES\u003C\u002Fh3>\n            \u003Cdiv id=\"display-pensionfund\">El empleador contribuye al fondo de pensión del trabajador: &rarr;&nbsp;Not specified\u003C\u002Fdiv>\n            \u003Cdiv id=\"display-disabilityfund\">El empleador contribuye al fondo para discapacidad del trabajador: &rarr;&nbsp;Sí\u003C\u002Fdiv>\n            \u003Cdiv id=\"display-unemploymentfund\">El empleador contribuye al fondo de desempleo del trabajador: &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n        \u003C\u002Fdiv>\n\n        \n\n        \u003Cdiv class=\"section sickness-disability\">\n            \u003Ch3 id=\"display-SICDIS_trigger\">ENFERMEDAD E INCAPACIDAD\u003C\u002Fh3>\n\n            \u003Cdiv id=\"display-maxsicknesspayperc\">\n                Máximo para las indemnizaciones por enfermedad: &rarr;&nbsp;80&nbsp;%\n            \u003C\u002Fdiv>\n\n            \n\n            \n\n            \n            \n            \u003Cdiv id=\"display-longtermillness\">Disposiciones relativas a volver al trabajo después de larga enfermedad, por ejemplo, tratamiento para el cáncer &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n            \n            \u003Cdiv id=\"display-menstruationleave\">Licencia pagada por menstruación &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n\n            \u003Cdiv id=\"display-disabilitypay\">Indemnización en caso de incapacidad por accidente de trabajo: &rarr;&nbsp;Sí\u003C\u002Fdiv>\n\n        \u003C\u002Fdiv>\n\n\n        \u003Cdiv class=\"section health-medical-assistence\">\n            \u003Ch3 id=\"display-SICDIS_trigger\">SALUD Y SEGURIDAD Y ASISTENCIA MÉDICA\u003C\u002Fh3>\n            \u003Cdiv id=\"display-healthcareaccess\">Asistencia médica acordada: &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n            \u003Cdiv id=\"display-healthcareaccessrelatives\">Asistencia médica para familiares acordada: &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n            \u003Cdiv id=\"display-healthinsurance\">Contribución acordada para seguro médico: &rarr;&nbsp;Sí\u003C\u002Fdiv>\n            \u003Cdiv id=\"display-healthinsurancerelatives\">Contribución acordada para seguro médico de familiares: &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n            \u003Cdiv id=\"display-healthandsafetypolicy\">Política de salud y seguridad acordada: &rarr;&nbsp;Sí\u003C\u002Fdiv>\n            \u003Cdiv id=\"display-healthandsafetytraining\">Capacitación en salud y seguridad acordada: &rarr;&nbsp;Sí\u003C\u002Fdiv>\n            \u003Cdiv id=\"display-protectiveclothing\">Vestuario protector facilitado &rarr;&nbsp;Sí\u003C\u002Fdiv>\n            \u003Cdiv id=\"display-hivpolicy\">Chequeo médico regular o anual o visitas proporcionadas por el empleador &rarr;&nbsp;Sí\u003C\u002Fdiv>\n            \u003Cdiv id=\"display-monitoring\">Seguimiento de los riesgos musculo-esqueléticos de las estaciones de trabajo, riego profesional y\u002Fo relación entre trebajo y salud &rarr;&nbsp;Professional risks, Employee involvement in the monitoring\u003C\u002Fdiv>\n            \u003Cdiv id=\"display-funeralpay\">Apoyo para funeral: &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n        \n            \n        \u003C\u002Fdiv>\n\n        \u003Cdiv class=\"section work-family-arrangements\">\n            \u003Ch3 id=\"display-WORKFAM_trigger\">ACUERDOS SOBRE FAMILIA Y TRABAJO\u003C\u002Fh3>\n\n            \n\n            \n\n            \u003Cdiv id=\"display-jobsecuritymothers\">Estabilidad laboral tras la licencia de maternidad: &rarr;&nbsp;\u003C\u002Fdiv>\n            \u003Cdiv id=\"display-maternitydiscrimination\">Prohibición de discriminación relacionada con la maternidad &rarr;&nbsp;\u003C\u002Fdiv>\n              \u003Cdiv id=\"display-breastfeeding_dangerouswork\">Prohibición de obligar a las embarazadas o trabajadoras en lactancia materna para desarrollar trabajos peligrosos o poco saludables &rarr;&nbsp;\u003C\u002Fdiv>\n              \u003Cdiv id=\"display-riskassessment\">Evaluación de riesgos sobre salud y seguridad de las embarazdas o madres con lactancia &rarr;&nbsp;\u003C\u002Fdiv>\n              \u003Cdiv id=\"display-alternatives\">Posibilidad de alternativas al trabajo peligroso o no saludable para las enbarazadas o trabajadoras en lactancia &rarr;&nbsp;\u003C\u002Fdiv>\n              \u003Cdiv id=\"display-timeoff\">Tiempo libre para exámenes médicos prenatales: &rarr;&nbsp;\u003C\u002Fdiv>\n              \u003Cdiv id=\"display-screeningnonstandard\">Prohibición de la detección del embarazo antes de la regularización de los trabajadores no estándar: &rarr;&nbsp;\u003C\u002Fdiv>\n              \u003Cdiv id=\"display-screeningpromotion\">Prohibición de la detección del embarazo antes de la promoción: &rarr;&nbsp;\u003C\u002Fdiv> \n            \u003Cdiv id=\"display-nursingmothers\">Facilidades para lactancia: &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n            \u003Cdiv id=\"display-childcareprovision\">Cuidados infantiles proporcionados por el empleador: &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n            \u003Cdiv id=\"display-childcaresubsidy\">Cuidados infantiles subsidiados por el empleador: &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n   \u003Cdiv id=\"display-educationtuition\">Subsidio para la educación de los hijos: &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n   \n            \u003Cdiv id=\"display-childcareleave\">\n                Licencia pagada anual en caso de cuidado de parientes: &rarr;&nbsp;2 días\n            \u003C\u002Fdiv>\n\n            \u003Cdiv id=\"display-paidpaternityleaveduration\">\n                Licencia de paternidad pagada: &rarr;&nbsp;2 días\n         \u003C\u002Fdiv>\n                        \u003Cdiv id=\"display-deathrelativesleave\">\n                Duración del permiso retibuido en caso de muerte de un pariente: &rarr;&nbsp;3 días\n            \u003C\u002Fdiv>\n\n        \u003C\u002Fdiv>\n        \n        \u003Cdiv class=\"section gender-equality-issues\">\n            \u003Ch3 id=\"display-GENEQ_trigger\">TEMAS DE IGUALDAD DE GENERO\u003C\u002Fh3>\n         \u003Cdiv id=\"display-eqpay\">Igual salario para igual valor: &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n         \n         \u003Cdiv id=\"display-discrimination\">Cláusulas de discriminación en el trabajo: &rarr;&nbsp;Sí\u003C\u002Fdiv>\n        \u003Cdiv id=\"display-eqpromotion\">Igualdad de oportunidades para la promoción de las mujeres: &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv> \n        \u003Cdiv id=\"display-eqtraining\">Igualdad de oportunidades de formación y reciclaje para las mujeres: &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>     \n        \u003Cdiv id=\"display-eqofficer\">Dirigente sindical de igualdad de género en el lugar de trabajo? &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n        \u003Cdiv id=\"display-sexualhar\">Cláusulas sobre acoso sexual en el trabajo: &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n        \u003Cdiv id=\"display-violence\">Cláusulas sobre violencia en el trabajo: &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n        \u003Cdiv id=\"display-violenceleave\">Permiso especial para trabajadoras\u002Fes sujetas o violencia doméstica o de la pareja: &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n        \u003Cdiv id=\"display-support_disabilities\">Apoyo a mujeres trabajadoras con discapacidades: &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n        \u003Cdiv id=\"display-equalitymonitoring\">Monitoreo de la igualdad de género &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n             \n         \u003C\u002Fdiv>\n         \n\n        \u003Cdiv class=\"section employment-contracts\">\n            \u003Ch3 id=\"display-EMPCONTR_trigger\">CONTRATOS DE TRABAJO\u003C\u002Fh3>\n\n            \n            \n            \n\n            \n            \u003Cdiv id=\"display-part_time_excluded\">Trabajadores a tiempo parcial excluidos de cualquier disposición: &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n            \u003Cdiv id=\"display-tempagency\">Disposiciones sobre trabajadores temporales: &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n            \u003Cdiv id=\"display-apprentices_excluded\">Aprendices excluidos de cualquier disposición: &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n            \u003Cdiv id=\"display-minijobs_excluded\">Minijobs\u002Ftrabajos para estudiantes excluidos de cualquier disposición: &rarr;&nbsp;No\u003C\u002Fdiv>\n        \u003C\u002Fdiv>\n        \n\n        \u003Cdiv class=\"section working-hours\">\n            \u003Ch3 id=\"display-WORKHOURS_trigger\">HORAS DE TRABAJO, HORARIOS Y DIAS FESTIVOS\u003C\u002Fh3>\n\n            \u003Cdiv id=\"display-hourspday\">\n                Horas de trabajo por día: &rarr;&nbsp;7.4\n            \u003C\u002Fdiv>\n\n            \n\n            \n\n            \u003Cdiv id=\"display-hourspyear\">\n                Horas de trabajo por año: &rarr;&nbsp;1656.0\n            \u003C\u002Fdiv>\n\n            \n\n            \n\n            \u003Cdiv id=\"display-holidaysdays\">\n                Licencia anual pagada: &rarr;&nbsp;22.0 días\n            \u003C\u002Fdiv>\n\n            \u003Cdiv id=\"display-holidaysweeks\">\n                Licencia anual pagada: &rarr;&nbsp;4.0 semanas\n            \u003C\u002Fdiv>\n\n            \n\n            \n\n            \n\n            \u003Cdiv id=\"display-sundays_year\">\n                Máximo número de domingos \u002F festivos que pueden trabajarse en un año: &rarr;&nbsp;\n            \u003C\u002Fdiv>\n            \n             \n            \n            \u003Cdiv id=\"display-tradeunleavdays\">\n                Permiso pagado para actividades sindicales: &rarr;&nbsp; días\n            \u003C\u002Fdiv>\n            \n            \n            \n            \u003Cdiv id=\"display-FLEXWORK_trigger\"> Disposiciones sobre horarios de trabajo flexible: &rarr;&nbsp;No\n            \u003C\u002Fdiv>\n            \n        \u003C\u002Fdiv>\n\n        \u003Cdiv class=\"section wages\">\n            \u003Ch3 id=\"display-WAGES_trigger\">SALARIOS\u003C\u002Fh3>\n\n            \u003Cdiv id=\"display-PAYSCALES_trigger\">\n                Salarios determinados por medio de escalas de pago: &rarr;&nbsp;Yes, in more than one table\n            \u003C\u002Fdiv>\n\n            \n\n\n            \n            \n\n            \n\n            \n\n            \u003Cdiv id=\"display-COSTLIV_trigger\">Ajuste por aumento de costo de vida: &rarr;&nbsp;\u003C\u002Fdiv>\n\n            \n\n            \n\n            \u003Cdiv>\n                \u003Ch4 id=\"display-NOCTPREM_trigger\">Prima por trabajo vespertino o nocturno:\u003C\u002Fh4>\n                \n                \u003Cdiv id=\"display-shiftallowanceamount1\">\n                    Prima por trabajo vespertino o nocturno: &rarr;&nbsp;EUR&nbsp; por mes\n                \u003C\u002Fdiv>\n                \u003Cdiv id=\"display-shiftallowancetype1\">Prima por trabajo nocturno únicamente: &rarr;&nbsp;Sí\u003C\u002Fdiv>\n            \u003C\u002Fdiv>\n\n            \n\n            \n\n\n            \u003Cdiv>\n                \u003Ch4 id=\"display-OVERTIME_trigger\">Prima por tiempo extra:\u003C\u002Fh4>\n                \n                \n            \u003C\u002Fdiv>\n\n            \n\n            \u003Cdiv>\n                \u003Ch4 id=\"display-SUNDAY_trigger\">Prima por trabajo en Domingo:\u003C\u002Fh4>\n                \n                \n            \u003C\u002Fdiv>\n\n            \n\n            \u003Cdiv>\n                \u003Ch4 id=\"display-SENIOR_trigger\">Prima por antigüedad:\u003C\u002Fh4>\n\n                \n\n                \u003Cdiv id=\"display-longserviceallowanceamount1\">\n                    Prima por antigüedad: &rarr;&nbsp;EUR&nbsp;26.3 por mes\n                \u003C\u002Fdiv>\n\n                \u003Cdiv id=\"display-longserviceallowancetype2\">\n                    Prima por antigüedad por &rarr;&nbsp;5 años de servicio\n                \u003C\u002Fdiv>\n            \u003C\u002Fdiv>\n\n            \u003Ch4>Vales de alimenos:\u003C\u002Fh4>\n\n            \n\n            \u003Cdiv id=\"display-MEALALL_trigger\">Prestaciones alimentarias proporcionadas: &rarr;&nbsp;Sí\u003C\u002Fdiv>\n            \u003Cdiv id=\"display-mealvouchersamount\">\n                 &rarr;&nbsp; por comida\n            \u003C\u002Fdiv>\n            \u003Cdiv id=\"display-legalassistance_trigger\">\n                Asistencia legal gratuita: &rarr;&nbsp;No\n            \u003C\u002Fdiv>\n        \u003C\u002Fdiv>\n\n    \u003C\u002Fdiv>\n\n\u003C\u002Fhtml>\n",[],[],"collective_agreement",[177],{"title":37,"slug":33},[179],{"type":180,"data":181},"call_to_action_body_block",{"title":182,"description":183,"variant":184,"link":185},"Compare los convenios colectivos","Compara los artículos de los Convenios Colectivos de España entre los diferentes sectores, temas y 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